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Viernes 13 de junio de 2008
Tribunal Superior

Archivan actuaciones contra un camarista

Para el TSJ, Jorge Montero no cometió ninguna falta cuando informó a un amigo que su hijo recuperaría la libertad.

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) dispuso archivar las actuaciones iniciadas a causa de las expresiones vertidas por el camarista Jorge Montero durante una conversación telefónica, interceptada en una investigación penal dirigida a otras personas.

En coincidencia con el dictamen de la Fiscalía General de la Provincia, el máximo órgano judicial consideró que Montero no cometió ninguna falta ética o disciplinaria cuando informó a su amigo Pablo Nores Bodereau que su hijo, Pablo Nores Mariño, iba a ser puesto en libertad por decisión de la Cámara de Acusación, en el marco de la denominada “causa del Registro”.

Tras descartar que el magistrado pudiera haber infringido la regla ética que obliga a los magistrados a preservar la imparcialidad y la rectitud en la administración de Justicia, el TSJ señaló: “La divulgación de parte de quien no interviene en un caso judicial aunque se desempeñe en la Justicia a un amigo íntimo de la libertad próxima de un hijo, en la creencia de que dicha resolución había sido adoptada, tampoco amerita actuación disciplinaria alguna”.

Asimismo, el Alto Cuerpo consideró “evidente”, por el tenor de la desgrabación, que el magistrado “no conocía el contenido completo del fallo del Tribunal de Apelaciones”, puesto que esta resolución, además de ordenar la libertad de varios imputados según criterios sentados en resoluciones precedentes, “daba cuenta de fundamentos desfavorables para su propio amigo”.

Por otro lado, el TSJ descartó que Montero haya tenido alguna influencia en la actuación de la Justicia en este caso puesto que pese a que su amistad con Pablo Nores, era conocida por el fiscal de instrucción que actúa en la investigación penal preparatoria, Alejandro Moyano, “lo imputó y dispuso su detención”.

En su descargo ante el fiscal General, Darío Vezzaro, el camarista había señalado que “tomó conocimiento en un pasillo de Tribunales II que había salido una resolución de la Cámara de Acusación a favor del hijo de su amigo” y que “conociendo la preocupación del padre porque llevaba 10 ó más meses en prisión preventiva lo llamó para darle la buena noticia, en la creencia que la resolución había sido dictada y desconociendo que su amigo estuviera a su vez siendo investigado”.

Al respecto el TSJ señaló que “la alegación de buena fe acerca de que el fallo había sido ya dictado no se encuentra contradicha por ningún elemento objetivo”.

Finalmente, la resolución precisa que la trascendencia anticipada de la libertad del acusado, que recién se haría efectiva dentro de dos meses después de cumplir con una fianza, “ningún perjuicio acarreaba a la investigación”.

El Tribunal Superior de Justicia exculpó al camarista Montero. Foto: LaVoz / Sebastián Salguero/Archivo

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